Chaco propone Ley de padrinazgo con Responsabilidad Social Empresaria

20.05.2013 | Destacadas

Con la firma del diputado Raúl Acosta, ingresó a la Cámara de Diputados el proyecto de ley 1589/13, por medio de la cual promueve la ley del padrinazgo con responsabilidad social empresaria. Busca incentivar a las empresas radicadas en la provincia del Chaco en la promoción, fomento y financiamiento del estudio y capacitación, terciara o universitaria, de jóvenes de la provincia, a través de la dación dineraria, recursos o servicios, recibiendo como contraprestación beneficios de tipo impositivos por parte del Estado. El Ministerio de Industria, Empleo y Trabajo será la autoridad de aplicación de la presente ley.


El proyecto de ley 1589/13A entiende por Padrinazgo con Responsabilidad Social Empresaria (RPRE) al acto de patrocinar, estimular, sustentar y promocionar el acceso y la continuidad de los estudios terciarios y universitarios a jóvenes radicados en la provincia, realizado por empresas establecidas en el medio consistente en aportes dinerarios, recursos o servicios sin más finalidad que el altruismo o marketing comercial para potenciar su imagen pública.

El objetivo del RPRE es incentivar a las empresas radicadas en la provincia del Chaco en la promoción, fomento y financiamiento del estudio y capacitación, terciara o universitaria, de jóvenes de la provincia, a través de la dación dineraria, recursos o servicios, recibiendo como contraprestación beneficios de tipo impositivos por parte del Estado.

Paralelamente se establece que las erogaciones que se destinen al desarrollo de programas, planes o proyectos implementados por empresas tendrán por objetivo la capacitación, finalización y perfeccionamiento de los estudios universitarios de los beneficiarios, que les permitirán acceder:a) Prioridad en la inserción laboral en la empresa patrocinante; b) capacitación calificada de la cual se carece en la provincia; c) seguridad al beneficiario para la finalización de sus estudios.

 El Ministerio de Industria, Empleo y Trabajo será la autoridad de aplicación de la presente ley, el que tendrá como funciones, certificar el desarrollo de las actividades de tutoría empresarial consignando el monto de los recursos destinados a tal fin, nombre del destinatario/os del proyecto y objetivo del mismo; determinar las características y requisitos formales que deberán contener los proyectos educativos a presentar; administrar una cuenta habilitada a los fines de la aplicación del RPRE y efectuar el pago de los montos acordados a los beneficiarios; brindar la información a empresas radicadas en la provincia sobre los alcances del RPRE; auditar y evaluar el pleno cumplimiento de los objetivos de los proyectos educativos.

Será considerada empresa tutora a toda persona jurídica que tribute el Impuesto a los Ingresos Brutos y que aporte al financiamiento de un proyecto educativo terciario y universitario para jóvenes que han finalizado sus estudios secundarios.

El legislador del bloque de la Concertación Forja, en los fundamentos sostuvo que “un concepto que se está consolidando a nivel mundial es de la responsabilidad social empresaria, que ha sido definida como la capacidad de las empresas para responder a las demandas de la sociedad fuera de lo estrictamente lucrativo”. Además recordó que “para la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “Responsabilidad Social Empresarial (RSE) es el conjunto de acciones que toman en consideración las empresas para que sus actividades tengan repercusiones positivas sobre la sociedad y que afirman los principios y valores por los que se rigen, tanto en sus propios métodos y procesos internos como en su relación con los demás actores”

“El Estado debe intervenir en esta iniciativa privada, que algunas empresas radicadas en nuestra provincia ya están llevando a cabo, con el fin de contribuir al contrato social que se establece entre empresario, empleado y consumidor. A través de este proyecto de ley que es perfectible. Y seguramente se enriquecerá con aportes de los actores sociales de nuestra comunidad, brindando un marco legal con beneficios impositivos para las empresas que se acojan a dicho programa. Brindando seguridad a los estudiantes beneficiarios de la culminación de sus estudios. Que dependerá únicamente de su actitud y esfuerzo para la concreción de los objetivos académicos con el fin de obtener su título universitario. Para la empresa patrocinante potenciar su imagen pública, ampliando y mejorando su contribución a la sociedad como factor integrador aportando al bienestar general y el empleado sentirse honrado al ver a un integrante de su grupo familiar en ascenso contribuyendo al desarrollo económico y social de su empresa, estableciéndose un círculo virtuoso entre empresa, empleado y consumidor”, precisó Acosta.