Llega al Senado un proyecto sobre RSE

01.11.2011 | Destacadas

Mediante un proyecto que ingresó en el Senado la le aisladora María Laura Leguizamon se impulsan normas de transparencia y control del empresariado. Así, propone reformar la ley 25.877, de Régimen Laboral, y exigir que ciertas compañías presenten un documento donde se detallen los resultados cuantitativos y cualitativos del cumplimiento de la Responsabilidad Social Empresaria.


 

Así, persigue que las empresas integren preocupaciones de índole social y ambiental en sus operaciones y en sus interacciones con los empleados, los accionistas, los inversores, los proveedores, los clientes y las comunidades en las que se encuentran inmersas.
La iniciativa, impulsada por la senadora María Laura Leguizamón (PJ - Ciudad de Buenos Aires) actualmente se debate en la agenda mundial y será tema de discusión en la Organización Mundial del Comercio (OMC). Según se resume en el texto del proyecto "esta ley pretende dar respuesta a las exigencias de transparencia y ética en los negocios que la sociedad reclama de la empresa argentina".
La iniciativa fija el marco jurídico de la responsabilidad social empresaria al cual se deben ceñir las empresas nacionales o extranjeras que actúan en el país y establece normas de transparencia y control de las empresas con su público de relacionamiento.
Este régimen debe ser cumplido en forma obligatoria por las empresas que, conforme al artículo 25 de la Ley de Régimen Laboral, "cuenten con más de 300 trabajadores deberán elaborar un balance social. También están obligadas a hacerlo aquellas empresas o grupo de empresas que acudan a la financiación de los mercados financieros organizados. Asimismo, deberán contar con un balance social aquellas empresas o grupo de empresas que pretendan participar en licitaciones públicas u obtener créditos públicos". Así, "los balances sociales de las empresas descriptas en este inciso deberán ser validados por una auditoria social externa." Para el resto de las empresas su aplicación es voluntaria.
El Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación, a través de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, será la autoridad de aplicación de lo establecido en la ley.
Según se define en la iniciativa, las empresas podrán obtener la certificación de responsabilidad social cuando "su accionar se ajuste a las especificaciones que se establezcan por una norma aprobada por entidades de normalización acreditadas oficialmente, tengan declarado formalmente su código de conducta, se haya verificado su cumplimiento y no hayan incurrido en alguna causa de exclusión de la certificación".
Esta certificación de responsabilidad social otorgará el derecho a la empresa que la haya obtenido a utilizar públicamente el distintivo de "Socialmente Responsable" con la identificación de la marca de la entidad que haya extendido la certificación.
Según Leguizamón, "la creciente importancia del capital de reputación y las demandas de estabilidad y sostenibilidad del ambiente, apuntan a la necesidad de desarrollar una cultura de la RSE como parte de la identidad nacional".
Así, frente al auge de esta temática y a la falta de reglamentación que existe en la Argentina, se llegó a la determinación de proponer un marco jurídico al cual las empresas deben ajustarse.
"El espíritu de esta ley es contribuir al fortalecimiento de la sociedad a través de la consolidación de las instituciones privadas y públicas", explica Leguizamón. Asimismo hace hincapié en que mediante esta iniciativa "se pretende abrir un cauce para la discusión de las ideas sobre el rol de cada actor en la sociedad".
Puntos del proyecto
Algunos de los interrogantes planteados giran en torno a saber qué alianzas se deberían entretejer entre los sectores empresariales, gubernamentales, ONG, organismos internacionales e instituciones educativas; en qué hacen las empresas por la comunidad, entre otros cuestionamientos.
Según se define en el proyecto, se entiende por Responsabilidad Social Empresaria la adopción por parte de la empresa de un compromiso de contribuir a aliviar los problemas de la comunidad donde está inserta asumiendo una conducta ética. Se trata de "una filosofía corporativa, conjunto de políticas, prácticas y programas adoptada por todos los integrantes de la empresa para actuar en beneficio de los trabajadores, su público de relacionamiento, la comunidad y el ambiente que perdura a lo largo del tiempo".
Se establece también que "el balance social de las empresas o grupo de empresas se hará público con el balance y memorias anuales con igual tratamiento, transparencia y difusión que el balance económico del ejercicio".
(Sabrina Santopinto - Especial para infobaeprofesional.com)

Así, persigue que las empresas integren preocupaciones de índole social y ambiental en sus operaciones y en sus interacciones con los empleados, los accionistas, los inversores, los proveedores, los clientes y las comunidades en las que se encuentran inmersas.
La iniciativa, impulsada por la senadora María Laura Leguizamón (PJ - Ciudad de Buenos Aires) actualmente se debate en la agenda mundial y será tema de discusión en la Organización Mundial del Comercio (OMC). Según se resume en el texto del proyecto "esta ley pretende dar respuesta a las exigencias de transparencia y ética en los negocios que la sociedad reclama de la empresa argentina".
La iniciativa fija el marco jurídico de la responsabilidad social empresaria al cual se deben ceñir las empresas nacionales o extranjeras que actúan en el país y establece normas de transparencia y control de las empresas con su público de relacionamiento.
Este régimen debe ser cumplido en forma obligatoria por las empresas que, conforme al artículo 25 de la Ley de Régimen Laboral, "cuenten con más de 300 trabajadores deberán elaborar un balance social. También están obligadas a hacerlo aquellas empresas o grupo de empresas que acudan a la financiación de los mercados financieros organizados. Asimismo, deberán contar con un balance social aquellas empresas o grupo de empresas que pretendan participar en licitaciones públicas u obtener créditos públicos". Así, "los balances sociales de las empresas descriptas en este inciso deberán ser validados por una auditoria social externa." Para el resto de las empresas su aplicación es voluntaria.
El Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación, a través de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, será la autoridad de aplicación de lo establecido en la ley.
Según se define en la iniciativa, las empresas podrán obtener la certificación de responsabilidad social cuando "su accionar se ajuste a las especificaciones que se establezcan por una norma aprobada por entidades de normalización acreditadas oficialmente, tengan declarado formalmente su código de conducta, se haya verificado su cumplimiento y no hayan incurrido en alguna causa de exclusión de la certificación".

Esta certificación de responsabilidad social otorgará el derecho a la empresa que la haya obtenido a utilizar públicamente el distintivo de "Socialmente Responsable" con la identificación de la marca de la entidad que haya extendido la certificación.Según Leguizamón, "la creciente importancia del capital de reputación y las demandas de estabilidad y sostenibilidad del ambiente, apuntan a la necesidad de desarrollar una cultura de la RSE como parte de la identidad nacional".
Así, frente al auge de esta temática y a la falta de reglamentación que existe en la Argentina, se llegó a la determinación de proponer un marco jurídico al cual las empresas deben ajustarse.
"El espíritu de esta ley es contribuir al fortalecimiento de la sociedad a través de la consolidación de las instituciones privadas y públicas", explica Leguizamón. Asimismo hace hincapié en que mediante esta iniciativa "se pretende abrir un cauce para la discusión de las ideas sobre el rol de cada actor en la sociedad".

Puntos del proyecto
Algunos de los interrogantes planteados giran en torno a saber qué alianzas se deberían entretejer entre los sectores empresariales, gubernamentales, ONG, organismos internacionales e instituciones educativas; en qué hacen las empresas por la comunidad, entre otros cuestionamientos.
Según se define en el proyecto, se entiende por Responsabilidad Social Empresaria la adopción por parte de la empresa de un compromiso de contribuir a aliviar los problemas de la comunidad donde está inserta asumiendo una conducta ética. Se trata de "una filosofía corporativa, conjunto de políticas, prácticas y programas adoptada por todos los integrantes de la empresa para actuar en beneficio de los trabajadores, su público de relacionamiento, la comunidad y el ambiente que perdura a lo largo del tiempo".

Se establece también que "el balance social de las empresas o grupo de empresas se hará público con el balance y memorias anuales con igual tratamiento, transparencia y difusión que el balance económico del ejercicio".
(Sabrina Santopinto - Especial para infobaeprofesional.com)