Nuevo proyecto de ley sobre RSE en el Senado
Daniel Pérsico, senador nacional del Frente para la Victoria de San Luis, presentó un proyecto de ley sobre Responsabilidad Social Empresaria que básicamente actualiza el objeto y el ámbito de aplicación con respecto al proyecto que había presentado en 2012. Para ser consideradas socialmente responsables, las instituciones deberán contar con un “Código de Conducta” y elaborar un “Balance Social”. La autoridad de aplicación será la jefatura de gabinete, el balance deberá ser auditado por un contador público nacional independiente, se podrá obtener un sello distintivo de empresa “Socialmente Responsable”, y se creará el Registro de Información de Responsabilidad Social Empresaria (RIRSE) que será de acceso público.
El proyecto establece la obligatoriedad de contar con un Balance Social para las sociedades de capital estatal o mixto y para las sociedades comerciales privadas que deseen participar en licitaciones públicas. Para el resto de las organizaciones será de carácter voluntario.
Destacados del proyecto:
- Autoridad de Aplicación. La Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, será la autoridad de aplicación de lo establecido en la presente ley.
- Balance Social. El Balance Social al que se refiere esta ley y el art. 25 de la ley 25.877 respecto de las empresas o grupo de empresas allí reguladas, se hará público con el balance y memorias anuales con igual tratamiento, transparencia y difusión que el Balance económico del ejercicio.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el art 25 de la ley 25877, deberán contar con un Balance Social las sociedades de capital estatal, mixtas y sociedades comerciales privadas que deseen participar en licitaciones públicas.
Las organizaciones, entidades y/o empresas no incluidas en el párrafo anterior podrán efectuar el Balance Social de manera voluntaria.
Balance Social será confeccionado por profesionales idóneos en las materias de su contenido y se expondrá a través de los indicadores de desempeño que establezcan las normas profesionales emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE).
- Auditoría del Balance social. La auditoría del Balance Social deberá ser practicada por un contador público nacional independiente que emitirá un informe de acuerdo a normas profesionales emitidas por la FACPCE, con firma certificada por el Consejo Profesional correspondiente.
- Certificación. Las organizaciones, entidades o empresas pueden obtener la certificación de Responsabilidad Social cuando su accionar se ajuste a las especificaciones que se establezcan por una norma aprobada por entidades de normalización autorizadas por la Autoridad de Aplicación, tengan declarado formalmente su código de conducta, se haya verificado su cumplimiento y no hayan incurrido en alguna causa de exclusión de la certificación que establece este artículo.
- Sello. La certificación de responsabilidad social otorga el derecho a la organización, entidad o empresa que la haya obtenido a utilizar públicamente el sello distintivo de “Socialmente Responsable” con la identificación de la marca de la entidad que haya extendido la certificación.
- Registro. Se creará el Registro de Información de Responsabilidad Social Empresaria (RIRSE) en el ámbito de la Autoridad de Aplicación, que será de acceso público. Las organizaciones y empresas deberán presentar en el RIRSE el Balance Social.