Proyecto de Ley sobre Violencia laboral

19.08.2011 | Contratapa

La senadora del Partido Justicialista por la provincia de Córdoba, Haide Giri ingresó un proyecto de ley sobre violencia laboral al Senado argentino en el mes de marzo. En su artículo más polémico se considera abuso de poder contra el trabajador obligarlo a desempeñar tareas laborales los días domingo. Tiene apartados vinculados con el acoso sexual y la inequidad salarial. La autoridad de aplicación sería el Ministerio de Trabajo de la Nación.


 

La letra del proyecto considera violencia laboral a toda acción de abuso de poder ejercida por el empleador, personal jerárquico o un tercero vinculado directa o indirectamente con aquel con motivo y/u ocasión de la relación laboral, que atente contra la dignidad, integridad física, sexual, psicológica o social del trabajador mediante la amenaza, inequidad salarial, acoso, maltrato físico, psicológico y/o social.
El proyecto presentado lista algunas acciones punibles de maltrato laboral psíquico:
- Asignar misiones imposibles de realizar; o en plazos o condiciones irrazonables.
- Encomendar labores en forma frecuente, claramente incompatibles con la categoría o tareas por la que fue empleado el trabajador.
- Bloquear constantemente sus iniciativas de interacción generando aislamiento.
- Prohibir a otros empleados que hablen con un trabajador determinado.
- Obstaculizar y/o imposibilitar la ejecución de una actividad, u ocultar las herramientas o informaciones debidas y/o útiles, necesarias para que el trabajador realice una tarea atinente a su puesto o actividad cotidiana.
- Promover el hostigamiento psicológico de manera conjunta y organizada sobre un subordinado.
- Efectuar amenazas reiteradas de despido sin una justa causa.
- Apropiarse total o parcialmente del crédito de ideas, propuestas o cualquier trabajo generado por el subordinado.
La Ley denomina abuso de poder toda vez que se exija al trabajador, desempeñar tareas laborales los días domingo, y que no esté contemplado como día habitual de trabajo en el contrato. A efectos de evitar conductas abusivas, deberá quedar constancia, cuando no se hubiere estipulado el día domingo como día habitual laborable, de toda vez que el empleador proponga al empleado realizar trabajo dominical, como así también quedará constancia de la aceptación o negativa.
Según expresiones de la senadora Giri, "En el mundo del trabajo la violencia se manifiesta como abuso de poder para doblegar la voluntad del otro mediante el empleo de la fuerza física, psicológica, económica y política. En este sentido las mujeres aparecen como las más afectadas y vulnerables a esta agresión, lo que se debe a que, en su mayoría, ocupan puestos no jerárquicos o de menor calificación, y aun en puestos jerárquicos no tienen poder de decisión. Y en tanto abuso de poder, todo acto de violencia que es ejercido por el que lo posee contra el que no lo tiene, desmedidamente".
Para ver el proyecto completo, pulsar aquí.

La letra del proyecto considera violencia laboral a toda acción de abuso de poder ejercida por el empleador, personal jerárquico o un tercero vinculado directa o indirectamente con aquel con motivo y/u ocasión de la relación laboral, que atente contra la dignidad, integridad física, sexual, psicológica o social del trabajador mediante la amenaza, inequidad salarial, acoso, maltrato físico, psicológico y/o social.

El proyecto presentado lista algunas acciones punibles de maltrato laboral psíquico:
- Asignar misiones imposibles de realizar; o en plazos o condiciones irrazonables.
- Encomendar labores en forma frecuente, claramente incompatibles con la categoría o tareas por la que fue empleado el trabajador.
- Bloquear constantemente sus iniciativas de interacción generando aislamiento.
- Prohibir a otros empleados que hablen con un trabajador determinado.
- Obstaculizar y/o imposibilitar la ejecución de una actividad, u ocultar las herramientas o informaciones debidas y/o útiles, necesarias para que el trabajador realice una tarea atinente a su puesto o actividad cotidiana.
- Promover el hostigamiento psicológico de manera conjunta y organizada sobre un subordinado.
- Efectuar amenazas reiteradas de despido sin una justa causa.
- Apropiarse total o parcialmente del crédito de ideas, propuestas o cualquier trabajo generado por el subordinado.

La Ley denomina abuso de poder toda vez que se exija al trabajador, desempeñar tareas laborales los días domingo, y que no esté contemplado como día habitual de trabajo en el contrato. A efectos de evitar conductas abusivas, deberá quedar constancia, cuando no se hubiere estipulado el día domingo como día habitual laborable, de toda vez que el empleador proponga al empleado realizar trabajo dominical, como así también quedará constancia de la aceptación o negativa.
Según expresiones de la senadora Giri, "En el mundo del trabajo la violencia se manifiesta como abuso de poder para doblegar la voluntad del otro mediante el empleo de la fuerza física, psicológica, económica y política. En este sentido las mujeres aparecen como las más afectadas y vulnerables a esta agresión, lo que se debe a que, en su mayoría, ocupan puestos no jerárquicos o de menor calificación, y aun en puestos jerárquicos no tienen poder de decisión. Y en tanto abuso de poder, todo acto de violencia que es ejercido por el que lo posee contra el que no lo tiene, desmedidamente".
Para ver el proyecto completo, pulsar aquí.