Reforma prohíbe contratar empresas que no cumplan con el cupo de personas con discapacidad

09.10.2015 | Europa

Se presentó una reforma legal en la nueva Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, que modifica a su vez la Ley de Contratos del Sector Público, que prohíbe a las Administraciones Públicas contratar a aquellas empresas de 50 o más trabajadores que no acrediten el cumplimiento de la cuota de reserva en favor de personas con discapacidad a que vienen obligadas. 


La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, aparecida en el Boletín Oficial del Estado el pasado 2 de octubre, modifica el artículo 60 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, dedicado a las prohibiciones de contratar con las Administraciones, y que a las habituales de no estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, ahora añade el caso de las empresas de 50 o más trabajadores que no cumplan “el requisito de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las condiciones que reglamentariamente se determinen.

La efectividad de esta prohibición no será inmediata pues queda diferida a la aprobación del correspondiente desarrollo reglamentario que establezca qué ha de entenderse por el cumplimiento de dicho requisito a efectos de la prohibición de contratar.

La medida es un gran avance pues por vez primera una norma de rango legal asume esta prohibición, que entra a formar parte de la normativa y la cultura administrativa sobre contratación pública.

Se trata de una antigua y sostenida reivindicación del movimiento social de la discapacidad representado por el CERMI que ahora, con esta reforma legal, ve la luz y que se justifica en que ninguna empresa que incumpla la legislación social pueda beneficiarse de contratos públicos, por su comportamiento antijurídico.

La medida surge como consecuencia de las propuestas del CERMI al Parlamento y al Gobierno, a través del ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, antes y durante la tramitación del proyecto de Ley, que finalmente han prosperado.