
Andreas Føllesdal, Gro Nystuen (Presidenta del Consejo) Bjørn Østbø, Anne Lill Gade y Ola Mestad, miembros del Consejo de Ética del Fondo Noruego
En su Recomendación del 15 de mayo sobre la exclusión de la empresa Elbit, el Consejo de Ética da suma importancia a una serie de factores, entre ellos una opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia de La Haya de 2004. Este dictamen afirma claramente que la construcción de la barrera de separación y su régimen de control asociados a lo largo de la ruta elegida, debe considerarse que está en contravención con el Derecho Internacional.
– La libertad de circulación de las personas que viven en los territorios ocupados ha sido inaceptablemente limitada. La Corte Internacional de Justicia ha señalado la obligación de todos los Estados partes en el Cuarto Convenio de Ginebra para evitar violaciones de la Convención, como la construcción de barreras. Las autoridades noruegas actuaron de acuerdo con esto, dijo el Ministro de Hacienda.
El Consejo de Ética, en general, basa su evaluación sobre la conducta de una empresa, no es posible violaciónes cometidos por los Estados u otros actores. No obstante, varios de los criterios de exclusión están relacionadas con la contribución de las empresas a violaciónes cometidos por los Estados, como violaciónes de los derechos humanos. El Consejo ha evaluado la medida en que las empresas pueden ser consideradas como una contribución a violaciónes de los derechos humanos cometidas por los Estados en casos anteriores también, como actividades de las empresas en Birmania.