La Comisión Europea adopta los Estándares para reportar la Sostenibilidad

31.07.2023 | Reporte

La Comisión ha adoptado los Estándares Europeos de Informes de Sostenibilidad (ESRS) para uso de todas las empresas sujetas a la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD). Esto marca otro paso adelante en la transición hacia una economía sostenible de la UE. Las exigencias alcanzan a las empresas extracomunitarias.


Los Estándares Europeos de Informes de Sostenibilidad (ESRS) serán de uso obligatorio para las empresas que están obligadas por la Directiva de Contabilidad a reportar cierta información de sostenibilidad. Al exigir el uso de estándares comunes, la Directiva de Contabilidad, modificada por la CSRD en 2022, tiene como objetivo garantizar que las empresas de toda la UE presenten información de sostenibilidad comparable y fiable.

La legislación de la UE exige que todas las grandes empresas y todas las empresas que cotizan en bolsa (excepto las microempresas que cotizan en bolsa) divulguen información sobre lo que ven como riesgos y oportunidades derivados de cuestiones sociales y ambientales, y sobre el impacto de sus actividades en las personas y el medio ambiente.

Los estándares cubren la gama completa de temas ambientales, sociales y de gobernanza, incluidos el cambio climático, la biodiversidad y los derechos humanos. Proporcionan información para que los inversores comprendan el impacto de sostenibilidad de las empresas en las que invierten. También tienen en cuenta las discusiones con el Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB) y la Iniciativa de Informes Globales (GRI) para garantizar un grado muy alto de interoperabilidad entre los estándares globales y de la UE y para evitar informes duplicados innecesarios por parte de las empresas.

Los estándares que hemos adoptado hoy son ambiciosos y son una herramienta importante que sustenta la agenda de finanzas sostenibles de la UE. Logran el equilibrio adecuado entre limitar la carga de las empresas que informan y, al mismo tiempo, permitirles mostrar los esfuerzos que están haciendo para cumplir con la Agenda Green Deal y, en consecuencia, tener acceso a finanzas sostenibles”, explicó Mairead McGuinness, comisaria de Servicios Financieros, Estabilidad Financiera y Unión de Mercados de Capitales.


¿Qué tendrán que reportar las empresas?

Tal como lo requiere la Directiva de Contabilidad, modificada por la CSRD, la ESRS adopta una perspectiva de "doble materialidad", es decir, obliga a las empresas a informar sobre sus impactos en las personas y el medio ambiente, y sobre cómo los problemas sociales y ambientales crean riesgos financieros y oportunidades para las empresas.

Hay 12 ESRS, que cubren la gama completa de temas de sostenibilidad, en línea con la propuesta de EFRAG:

  • Transversal (ESRS 1): Requerimientos generales.
  • Transversal (ESRS 2): Divulgaciones generales.
  • Ambiente (ESRS E1): Clima.
  • Ambiente (ESRS E2): Contaminación.
  • Ambiente (ESRS E3): Agua y recursos marinos.
  • Ambiente (ESRS E4): Biodiversidad y ecosistemas.
  • Ambiente (ESRS E5): Uso de recursos y economía circular.
  • Social (ESRS S1): Mano de obra propia.
  • Social (ESRS S2): Trabajadores en la cadena de valor.
  • Social (ESRS S3): Comunidades afectadas
  • Social (ESRS S4): Consumidores y usuarios finales.
  • Gobernanza (ESRS G1): Conducta de negocios.


Las empresas deberán comenzar a informar bajo ESRS de acuerdo con el siguiente cronograma:

  • Empresas previamente sujetas a la Directiva de información no financiera (NFRD) (grandes empresas que cotizan en bolsa, grandes bancos y grandes empresas de seguros, todas si tienen más de 500 empleados), así como grandes empresas que cotizan fuera de la UE con más de 500 empleados: ejercicio 2024, con la primera declaración de sostenibilidad publicada en 2025.
     
  • Otras grandes empresas, incluidas otras grandes empresas cotizadas fuera de la UE: ejercicio 2025, con la primera declaración de sostenibilidad publicada en 2026.
     
  • PYMES que cotizan en bolsa, incluidas las pyme que no pertenecen a la UE: ejercicio fiscal 2026, con las primeras declaraciones de sostenibilidad publicadas en 2027. Sin embargo, las pyme que cotizan en bolsa pueden optar por no cumplir con los requisitos de información durante dos años más. La última fecha posible para que una pyme cotizada comience a informar es el año fiscal 2028, con la primera declaración de sostenibilidad publicada en 2029.

Además, las empresas extracomunitarias que generen más de 150 millones EUR al año en la UE y que tengan en la UE una sucursal con un volumen de negocios superior a 40 millones EUR o una filial que sea una gran empresa o una pyme cotizada tendrán que informar sobre los impactos de sostenibilidad a nivel de grupo de esa empresa no perteneciente a la UE a partir del ejercicio 2028, con la primera declaración de sostenibilidad publicada en 2029. Se adoptarán normas separadas específicamente para este caso.

Para más información, pulsar aquí.
 

Questions and Answers on the Adoption of European Sustainability Reporting Standards by ComunicarSe-Archivo on Scribd

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