Nuevas medidas para que el transporte marítimo disminuya sus emisiones

14.11.2016 | Ambiente

La Organización Marítima internacional (OMI), la autoridad de Naciones Unidas reguladora del transporte marítimo internacional, ha marcado un hito con la adopción de nuevas prescripciones obligatorias para controlar las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de los buques.


En virtud de las nuevas prescripciones, los buques de arqueo bruto igual o superior a 5000 estarán obligados a recopilar datos sobre el consumo para cada tipo de fueloil que emplean a bordo, así como otros datos adicionales, más específicos, como por ejemplo los equivalentes del trabajo de transporte. Estos buques producen aproximadamente el 85% de las emisiones de CO2 procedentes del transporte marítimo. Los datos que se recolecten permitirán construir una base firme sobre la cual poder tomar decisiones futuras sobre medidas adicionales, más allá de las ya adoptadas por la OMI.

Las prescripciones fueron adoptadas por el Comité de protección del medio marino de la OMI (MEPC),  durante su 70º periodo de sesiones celebrado del 24 al 28 de octubre  en Londres. El Secretario General Kitack Lim dijo que las nuevas prescripciones envían un mensaje claro de que la OMI está preparada para seguir ampliando las medidas técnicas y operacionales para la eficiencia energética del buque que ya existen.

"Los sistemas de recopilación de datos proporcionarán a la OMI información concreta para ayudarle a tomar las decisiones correctas, a la par que servirá para reforzar su credibilidad como el foro más competente y adecuado para la reglamentación del transporte marítimo internacional", dijo el Sr. Lim.

El nuevo sistema obligatorio de recopilación de datos es el primer paso de un planteamiento de tres etapas en el que el análisis de los datos recopilados permitirá sentar la base para un debate inclusivo, objetivo y transparente sobre las políticas en futuros periodos de sesiones. Concretamente, acerca de si es necesario adoptar medidas obligatorias adicionales para mejorar la eficiencia energética y hacer frente a las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del transporte marítimo internacional. En caso afirmativo, se examinarán las opciones de políticas propuestas.

El MEPC también aprobó una hoja de ruta (de 2017 a 2023) para la elaboración de una  "Estrategia detallada de la OMI sobre la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de los buques". Esta hoja de ruta prevé que la estrategia inicial se adoptará en 2018.

La estrategia contiene una lista de actividades -entre las que se incluyen los futuros estudios de la OMI sobre los gases de efecto invernadero- con sus respectivos plazos. Estas actividades nuevas podrán ser armonizadas con la labor en curso del MEPC, en el marco del planteamiento de tres etapas de la mejora de la eficiencia energética de los buques mencionado previamente. De esta manera, se facilita un modo de proceder para la adopción de una estrategia revisada en 2023 que incluya medidas a corto, medio y largo plazo, según se requiera, así como un calendario de implantación.

Siguiendo la hoja de ruta, y para facilitar una visión a largo plazo del sector del transporte marítimo, el Comité tiene que abordar una serie de importantes asuntos, como el rol que el sector tendría que tener en el apoyo de las metas fijadas por el Acuerdo de París.   

El Comité acordó asimismo celebrar una reunión interperiodos del Grupo de trabajo sobre la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de los buques. Está previsto que la primera reunión interperiodos (a reserva de su aprobación por el Consejo de la OMI) se celebre en las fechas próximas al MEPC 71, a mediados de 2017.

En 2011, la OMI se convirtió en el primer organismo internacional en adoptar medidas de eficiencia energética obligatorias para la totalidad del sector con una serie de prescripciones técnicas y operacionales para buques nuevos y existentes que entró en vigor en 2013. En 2025 todos los buques nuevos serán unos 30% más eficaces energéticamente que los construidos en 2014.

En el marco del nuevo sistema de recopilación de datos, los datos agregados se notificarán al Estado de abanderamiento después del final de cada año civil y el Estado de abanderamiento, tras determinar que los datos se han notificado de conformidad con las prescripciones, deberá expedir una declaración de cumplimiento del buque. Se exigirá a los Estados de abanderamiento transferir estos datos a la base de datos sobre el consumo de fuel oil de los buques de la OMI.

La Organización elaborará un informe anual en el que se resuman los datos recopilados. Los datos serán anónimos y no se podrá reconocer en ellos a buques individuales. El informe se presentará ante el MEPC.

El MEPC adoptó las prescripciones obligatorias como enmiendas al capítulo 4 del anexo VI del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (Convenio MARPOL). Se espera que entren en vigor el 1 de marzo de 2018, de conformidad con el procedimiento de aceptación tácita. Las prescripciones añaden la Regla 22: "Recopilación y notificación de los datos sobre el consumo de fueloil del buque", así como nuevos apéndices que explican la información que se ha de presentar a la base de datos sobre el consumo de fueloil de los buques de la OMI y el modelo de la declaración de cumplimiento, que se extenderá al buque una vez que se hayan notificado los datos pertinentes. Otras reglas han sido enmendadas para responder a la nueva prescripción, incluidas las relativas a certificados, reconocimientos y supervisión por el Estado rector del Puerto.

Poniendo el acento en el contexto mundial de este último avance, el Sr. Lim dijo "la OMI informará a la próxima Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que se reunirá en Marrakech, Marruecos, durante el próximo mes, de los avances tangibles realizados, demostrando que la Organización continúa liderando la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del transporte marítimo internacional".

La labor de la OMI en el Comité de protección del medio marino (MEPC) para abordar la reducción de los gases de efecto invernadero procedentes del transporte marítimo internacional es una de las formas en las que la Organización contribuye al logro del Objetivo de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas 13: Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos La labor del MEPC también tiene relevancia para el ODS 14: Conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible.

Añadir nuevo comentario