Argentina

Sancionan a Glaxosmithkline por publicidad engañosa

23.11.2016 | Comunicación

El laboratorio fue multado por la Dirección de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires por afirmar en una publicidad que su marca era la más recomendada por los profesionales de la salud dental.


Se la sancionó por infringir el artículo 9º de la ley 22.802 de Lealtad Comercial, en el cual se prohíbe toda publicidad “que mediante inexactitudes u ocultamientos pueda inducir a error, engaño o confusión”.

El fallo judicial sostiene que los anuncios publicitarios que sostienen que una marca  es la más recomendada por los odontólogos para tratar la sensibilidad dental, muestra como verdadera y universal una preferencia por parte de los profesionales que no fue probada.

Por su parte, Glaxo argumentó que la no identificación de la fuente en la que se basó para afirmar que su producto es el más recomendado por los odontólogos, no implica publicidad engañosa. “La omisión de incluir la fuente no convierte una afirmación verdadera en una engañosa” alegó.

La Dirección General de Defensa del Consumidor del GCBA ordenó a la empresa cesar en la publicación de anuncios que contravengan la normativa vigente, y la obligación de difundir la rectificación publicitaria en el mismo medio en el que fue publicado el anuncio cuestionado.

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