La excesiva exposición de niños a contenidos para adultos
En un mundo donde lo audiovisual tiene cada vez mayor importancia, y en especial para las nuevas generaciones, es fundamental cuidar los contenidos a los que los niños se ven expuestos al mirar televisión, cine o cualquier plataforma digital a las que las generaciones adultas no tuvimos acceso en nuestra infancia.
Si bien, es el Consejo Nacional de Televisión el organismo encargado por ley de regular lo contenidos en televisión, ello no es suficiente, toda vez que los nuevos medios con presencia en la red digital ofrecen múltiples contenidos que no son regulados y que nos invitan a ponerles atención cuando se trata de cuidar el desarrollo sicológico de nuestros niños.
Aquí, la publicidad juega un rol fundamental y es necesario que la industria, como ejercicio de responsabilidad social, se autorregule respecto del tipo de contenidos que se pueden mostrar en ciertos horarios y lugares y cuáles no, para preservar la inocencia de los menores de edad, vulnerables ante mensajes que circulan sin control alguno y que pueden afectar gravemente el desarrollo de personas que aún no tienen un criterio formado.
Un estudio realizado por la Fundación Nativo Digital, reveló que el 95% de los niños ve televisión en horario para adultos, mientras que el 51% reconoce ver programas para adultos. Además de la programación, la publicidad en estos horarios también puede ir dirigida para adultos, por lo que se ven doblemente expuestos a contenidos poco apropiados para ellos.
Según el Código Chileno de Ética Publicitaria, que es el instrumento normativo de autorregulación para cualquiera sea el soporte publicitario que se utilice, “la publicidad exclusiva para adultos no debe ser difundida o exhibida en ningún lugar, medio, soporte, espacio u horario, al cual puedan acceder libremente los menores de edad o quedar involuntariamente expuestos a ella”. Sin embargo, el referido estudio circunscrito a la televisión, evidencia que justamente es el horario para adultos al que un importante número de niños está expuesto en nuestro país, horario en el que además se concentra la publicidad exclusiva para adultos.
Con respecto a la publicidad dirigida a los niños, el código de ética publicitaria es claro en señalar que se debe respetar la inocencia de ellos y proteger sus derechos. De esta manera, el artículo 21º del Código indica que “La publicidad dirigida a los menores de edad debe tener siempre en cuenta las características psicológicas de la audiencia, y debe tomar gran cuidado en evaluar el nivel de conocimientos, sofisticación y madurez de la audiencia infantil y juvenil”.
Mientras los encargados de formular las recomendaciones de sanas prácticas publicitarias hacen su parte al especificar qué tipo de material puede ser expuesto en ciertos horarios, las personas que participan en la larga y compleja cadena de generación y publicación de contenidos publicitarios, son quienes deben también asumir su responsabilidad con la sociedad y especialmente con aquellos más vulnerables, esperando que ese 5% de niños que exclusivamente ven contenido adecuado para ellos, aumente año tras año.
(Fuente: CONAR)
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