
El nuevo estándar fija requisitos para implantar un Sistema de Gestión Antisoborno en las organizaciones, ayudándoles a prevenir, detectar y gestionar adecuadamente posibles conductas delictivas de soborno, cumpliendo con la legislación y otros compromisos adquiridos de forma voluntaria, tanto en sus propias operaciones como es su cadena de valor.
La ISO 37001 señala cuáles son las prestaciones cuya oferta, suministro o aceptación podrían conformar un delito de soborno y exige a las organizaciones que establezcan procedimientos para prevenirlas. La norma menciona regalos, entretenimiento y hospitalidad; donaciones políticas o de caridad; viajes públicos oficiales; gastos de promoción; patrocinio; formación; membresías a clubes y favores personales, entre otras acciones.
La flamante norma establece:
– una política antisoborno y sus procedimientos;
– el liderazgo de la alta dirección, así como compromiso y responsabilidad.
– la designación de una persona que audite el cumplimiento del modelo de compliance establecido
– formación del personal;
– evaluación del riesgo de soborno y la realización de procesos de debida diligencia para proyectos y socios del negocio;
– controles, financieros, comerciales, contractuales y de adquisiciones;
– procedimientos de información e investigación y otras acciones correctivas.