
Entre las disposiciones contenidas en el convenio figuran: Medidas dirigidas a garantizar la aplicación del convenio. El Estado debe adoptar lo siguiente:
– Formular, aplicar y revisar periódicamente una política nacional coherente en materia de seguridad y salud en las minas.
– Emitir normas técnicas, directrices o repertorios de recomendaciones prácticas sobre actividad minera.
– Designar a la autoridad competente que se hará cargo de vigilar y regular los diversos aspectos de la seguridad y salud en las minas.
– Vigilar la seguridad y salud en las minas, con inspecciones laborales.
– Regular los procedimientos de investigación de los accidentes mortales o graves, los incidentes peligrosos y los desastres en las minas.
– Suspender o restringir la actividad minera, por seguridad y salud.
– Fijar procedimientos que garanticen el ejercicio de los derechos de los trabajadores y sus organizaciones en la actividad minera.
– Establecer exigencias en materia de salvamento, primeros auxilios y servicios médicos en las minas.
– Instaurar medidas de seguridad en las minas abandonadas y fijar reglas sobre el transporte y la eliminación de sustancias peligrosas.
Obligaciones de los empleadores. Entre están las siguientes:
– Eliminar, controlar o reducir al mínimo, según corresponda, los riesgos inherentes a la actividad minera.
– Asegurarse de que la mina se diseña, construye y se dota de equipos eléctricos, mecánicos y de otra índole, incluido un sistema de comunicación, que garanticen la seguridad.
– Adoptar medidas para mantener la estabilidad del terreno de las áreas de trabajo o de acceso a ellas.
– Establecer, como mínimo, dos vías de salida de las zonas de trabajo.
– Asegurar un sistema de ventilación adecuado; y adoptar medidas de prevención y de acción contra siniestros y desastres naturales.
– Proporcionar y mantener, sin ningún costo para los trabajadores, el equipo, la ropa y demás accesorios necesarios para la protección contra los riesgos de la actividad.
– Proporcionar a los trabajadores con lesión o enfermedad los primeros auxilios correspondientes, así como un medio adecuado de transporte para su traslado a los servicios médicos correspondientes.
– Otorgarles a los trabajadores, sin ningún costo, el acceso a diversos programas de formación y de readaptación, y de instrucciones sobre seguridad y salud en el trabajo.
– Investigar todos los accidentes e incidentes peligrosos, y presentar ante la autoridad el resultado de dichas indagaciones; realizar de manera sistemática la vigilancia de la salud en los trabajadores.
(El Peruano)