Balance Social para el sector público

25.10.2011 | Contratapa

El Régimen de balance social para el sector público nacional fue aprobado en Diputados durante la sesión del 1° de diciembre de 2004. Los organismos deberán brindar información relativa a condiciones de trabajo y empleo, considerando todas las formas de contratación laboral, promedio de horas de capacitación por año, aplicación de políticas activas en materia de derechos humanos y no discriminación.


 

El proyecto de ley, de autoría del diputado Amstutz, responde a un dictamen de las Comisiones de Legislación del Trabajo y de Acción Social y Salud Pública y pasará ahora al Senado Nacional.
En su Artículo 1º la Ley dispone que “el Estado nacional, en todas sus unidades administrativas existentes, cualquiera sea la modalidad que adopten: centralizada, descentralizada, autárquica, sociedad o empresa del Estado, fondo fiduciario, etcétera, deberá elaborar anualmente un balance social que recoja información sistematizada relativa a condiciones de trabajo y empleo, costo laboral y prestaciones sociales a cargo del mismo, considerando todas las formas de contratación laboral: plantas permanentes, plantas transitorias, contratos de locación de servicios, contratos de obra, contratos por convenio con universidades o fundaciones, contratos parcialmente remunerados por préstamos internacionales y todos los tipos de convenio colectivo de trabajo.
Una copia del balance será elevada al Ministerio de Trabajo; Empleo y Seguridad Social y éste determinará las modalidades en que serán publicados, girados a los sindicatos con personería gremial, signatarios de convenios aplicables al sector público, puestos en Internet y en general toda otra forma de difusión pública de los datos elaborados.
El balance social incluirá tomando en cuenta entra otras consideraciones, las actividades de que se trate: 
1. Evolución de la masa salarial promedio. Su distribución según escalafones, niveles y categorías, edad y sexo, nivel educativo, funciones y jurisdicción geográfica. 
2. Incidencia del costo laboral en el presupuesto de ingresos y presupuesto de gastos de la unidad administrativa. 
3. Evolución de la dotación del personal y distribución del tiempo de trabajo. 
4. Evolución de la dotación de pasantes, becarios o de otras prácticas rentadas.
5. Capacitación: costo total y programas realizados. Promedio de horas de capacitación por año, por empleados, por categoría de empleados, por edad y sexo.
6. Estadísticas sobre número de horas trabajadas, tasa y causas de ausentismo, accidentes de trabajo y enfermedades inculpables. 
7. Tercerizaciones y subcontrataciones efectuadas. 
8. Descripción de los resultados de la aplicación de políticas activas en materia de derechos humanos, no discriminación, prácticas disciplinarias y igualdad de oportunidades en el acceso, promoción y formación de hombres y mujeres. 
9. Beneficios y prestaciones sociales otorgados a los empleados: comedor, transporte, atención médica, recreación. Cálculo del costo total de programas de beneficios y prestaciones sociales. 
10. Descripción de programas de desarrollo organizacional y mejoramiento de la calidad de vida del empleo. Costo total de tales programas.
El primer balance social se presentará en la modalidad, tiempo y forma que determine el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. En el corto plazo el Ministerio de Trabajo va a invitar a los estados provinciales y municipales a adherir a la norma.

El proyecto de ley, de autoría del diputado Amstutz, responde a un dictamen de las Comisiones de Legislación del Trabajo y de Acción Social y Salud Pública y pasará ahora al Senado Nacional.
En su Artículo 1º la Ley dispone que “el Estado nacional, en todas sus unidades administrativas existentes, cualquiera sea la modalidad que adopten: centralizada, descentralizada, autárquica, sociedad o empresa del Estado, fondo fiduciario, etcétera, deberá elaborar anualmente un balance social que recoja información sistematizada relativa a condiciones de trabajo y empleo, costo laboral y prestaciones sociales a cargo del mismo, considerando todas las formas de contratación laboral: plantas permanentes, plantas transitorias, contratos de locación de servicios, contratos de obra, contratos por convenio con universidades o fundaciones, contratos parcialmente remunerados por préstamos internacionales y todos los tipos de convenio colectivo de trabajo.
Una copia del balance será elevada al Ministerio de Trabajo; Empleo y Seguridad Social y éste determinará las modalidades en que serán publicados, girados a los sindicatos con personería gremial, signatarios de convenios aplicables al sector público, puestos en Internet y en general toda otra forma de difusión pública de los datos elaborados.
El balance social incluirá tomando en cuenta entra otras consideraciones, las actividades de que se trate: 
1. Evolución de la masa salarial promedio. Su distribución según escalafones, niveles y categorías, edad y sexo, nivel educativo, funciones y jurisdicción geográfica. 
2. Incidencia del costo laboral en el presupuesto de ingresos y presupuesto de gastos de la unidad administrativa. 
3. Evolución de la dotación del personal y distribución del tiempo de trabajo. 
4. Evolución de la dotación de pasantes, becarios o de otras prácticas rentadas.
5. Capacitación: costo total y programas realizados. Promedio de horas de capacitación por año, por empleados, por categoría de empleados, por edad y sexo.
6. Estadísticas sobre número de horas trabajadas, tasa y causas de ausentismo, accidentes de trabajo y enfermedades inculpables. 
7. Tercerizaciones y subcontrataciones efectuadas. 
8. Descripción de los resultados de la aplicación de políticas activas en materia de derechos humanos, no discriminación, prácticas disciplinarias y igualdad de oportunidades en el acceso, promoción y formación de hombres y mujeres. 
9. Beneficios y prestaciones sociales otorgados a los empleados: comedor, transporte, atención médica, recreación. Cálculo del costo total de programas de beneficios y prestaciones sociales. 
10. Descripción de programas de desarrollo organizacional y mejoramiento de la calidad de vida del empleo. Costo total de tales programas.
El primer balance social se presentará en la modalidad, tiempo y forma que determine el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. En el corto plazo el Ministerio de Trabajo va a invitar a los estados provinciales y municipales a adherir a la norma.