España quiere limitar la comida chatarra en las escuelas

01.07.2011 | Europa

El Ministerio de Sanidad busca establecer una nueva política nacional que fije límites a los alimentos que pueden distribuirse en las escuelas. Uno de cada cuatro niños españoles padece sobrepeso u obesidad. Las empresas lo consideran una “traición” a su autorregulación. Para el Gobierno es un documento “orientativo” no normativo.


 

El Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ha aprobado hoy un documento de consenso con recomendaciones sobre la alimentación en los centros escolares. El documento lo ha presentado la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) y es un texto que pretende contribuir a combatir el incremento del sobrepeso y la obesidad entre los más jóvenes.
Medios españoles informaron esta semana sobre una carta enviada a la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (Fiab) por parte de la Fundación Alimentum, conformada, entre otras, por Unilever, Pepsi, Bimbo, Coca Cola, Kraft, Kellogg, Nutrexpa y Campofrío donde se expresa que el nuevo reglamento supondría "la ruptura unilateral por parte de la Administración del consenso y el espíritu de colaboración que durante estos últimos años la industria ha demostrado a través del escrupuloso cumplimiento de la Estrategia Naos".
Desde el gobierno español diversos voceros vinculados con el tema respondieron que no se trata de una normativa sino de un documento de orientación, que no prohíbe los alimentos denominados conmumente “chatarra” sino que limita sus niveles de sal, azúcar y grasas trans.
En el año 2005 se puso en marcha la Estrategia NAOS (Estrategia para la Nutrición, Actividad Física y Prevención de la Obesidad) desde el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), con el objetivo de sensibilizar a la población del problema que la obesidad representa para la salud, y de impulsar todas las iniciativas que contribuyan a lograr que los ciudadanos, y especialmente los niños y los jóvenes, adopten hábitos de vida saludables, principalmente a través de una alimentación saludable y de la práctica regular de actividad física.
Según los datos disponibles en la actualidad, uno de cada cuatro niños españoles padece sobrepeso u obesidad y esta patología se ha triplicado entre los niños en los últimos veinte años. Además, la obesidad representa aproximadamente el 7% del gasto sanitario español.
Para contribuir a que estas cifras no sigan creciendo, el documento quiere establecer por primera vez criterios comunes para todo el territorio sobre las características nutricionales de los menús por grupos de edad, su contenido energético, la frecuencia de consumo de los diferentes grupos de alimentos y el tamaño de las raciones.
En la elaboración del documento, que se basa en recomendaciones internacionales, han participado técnicos del Ministerio de Sanidad y Política Social, del Ministerio de Educación, de las consejerías de Sanidad y de las consejerías de Educación. Además, se ha contado con el aval de las sociedades científicas integradas en la Federación Española de Sociedades de Nutrición, Alimentación y Dietética (FESNAD), así como de las asociaciones de madres y padres CEAPA y COFAPA, de la Federación Española de Asociaciones Dedicadas a la Restauración Social (FEADRS), la Asociación Española de Alérgicos a Alimentos y Látex (AEPNAA) y la Federación de Asociaciones de Celíacos de España (FACE).
Entre los principales aspectos que desarrolla el texto aprobado se encuentran las disposiciones legales en materia de seguridad alimentaria, las frecuencias de consumo recomendadas para los diferentes grupos de alimentos, las recomendaciones sobre la organización de los comedores, las garantías para la alimentación de los escolares con intolerancias y alergias alimentarias y los criterios nutricionales para garantizar una oferta saludable en las máquinas expendedoras, cantinas y quioscos de las escuelas y colegios.
COMEDORES Y MENÚS
Uno de los principales objetivos de esta iniciativa es reforzar el papel de los comedores escolares como servicios educativos complementarios a la enseñanza. Para ello, deberán fomentar la educación para la salud, la higiene y la alimentación, así como otros valores relacionados con la convivencia o el ocio.  
En cuanto a los menús, éstos deberán suministrar aportes alimentarios en cantidad y calidad suficientes para satisfacer las necesidades nutricionales de los escolares en función de la edad escolar. Para conseguir estos aportes energéticos y proporcionar una alimentación variada y equilibrada, los menús servidos deberán confeccionarse teniendo en cuenta la frecuencia de consumo de los diferentes grupos de alimentos.
OFERTA ALIMENTARIA
El documento de consenso también aborda la oferta alimentaria existente en las máquinas expendedoras y en las cantinas, quioscos o locales similares situados en el interior de los centros educativos. El contenido de esta oferta deberá ser coherente con las recomendaciones nutricionales para la población en edad escolar.
La garantía de una oferta adecuada en las máquinas expendedoras de los centros educativos es una de las reclamaciones que hace la Resolución del Parlamento Europeo de 25 de septiembre de 2008, sobre el Libro Blanco Estrategia europea sobre problemas de salud relacionados con la alimentación, el sobrepeso y la obesidad. Dicha Resolución pide a los Estados Miembros que dejen de vender, en los centros educativos, alimentos y bebidas con alto contenido en grasas, sal o azúcar y con pobre valor nutricional. En la misma línea se manifestó el Senado en el Informe de la Ponencia para el estudio de la obesidad infantil y juvenil en España (2007), donde recomienda promover la venta en estas máquinas de productos saludables y evitar la publicidad de los menos adecuados.
En esta línea, y para fomentar el consumo de alimentos adecuados, el documento fija unos límites en el contenido en grasas, azúcares y sal, que deberán cumplir los productos que se oferten en los centros educativos y que estén envasados, ya sea individualmente o en cajas. Estos límites son:
- El valor energético máximo será de 200 kilocalorías.
- El 35%, como máximo, de las kilocalorías procederá de la grasa (este límite no se aplicará a los frutos secos sin grasas añadidas, ya que se trata de grasa presente en ellos de forma natural).
- El 10%, como máximo, de las kilocalorías procederá de las grasas saturadas (este límite tampoco se aplicará a los frutos secos sin grasas añadidas).
- Ausencia de ácidos grasos trans, excepto los presentes de forma natural en productos lácteos y cárnicos.
- El 30%, como máximo, de las kilocalorías procederá de los azúcares totales (este límite no se aplicará a las frutas y hortalizas, los zumos de frutas y no se contabilizará en la leche y los productos lácteos).
- Se establece un máximo de 0,5 g de sal (0,2 g de sodio).
- No contendrán edulcorantes artificiales.
- No contendrán cafeína u otras sustancias estimulantes, excepto las presentes de forma natural en el cacao.

El Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ha aprobado hoy un documento de consenso con recomendaciones sobre la alimentación en los centros escolares. El documento lo ha presentado la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) y es un texto que pretende contribuir a combatir el incremento del sobrepeso y la obesidad entre los más jóvenes.

Medios españoles informaron esta semana sobre una carta enviada a la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (Fiab) por parte de la Fundación Alimentum, conformada, entre otras, por Unilever, Pepsi, Bimbo, Coca Cola, Kraft, Kellogg, Nutrexpa y Campofrío donde se expresa que el nuevo reglamento supondría "la ruptura unilateral por parte de la Administración del consenso y el espíritu de colaboración que durante estos últimos años la industria ha demostrado a través del escrupuloso cumplimiento de la Estrategia Naos".
Desde el gobierno español diversos voceros vinculados con el tema respondieron que no se trata de una normativa sino de un documento de orientación, que no prohíbe los alimentos denominados conmumente “chatarra” sino que limita sus niveles de sal, azúcar y grasas trans.

En el año 2005 se puso en marcha la Estrategia NAOS (Estrategia para la Nutrición, Actividad Física y Prevención de la Obesidad) desde el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), con el objetivo de sensibilizar a la población del problema que la obesidad representa para la salud, y de impulsar todas las iniciativas que contribuyan a lograr que los ciudadanos, y especialmente los niños y los jóvenes, adopten hábitos de vida saludables, principalmente a través de una alimentación saludable y de la práctica regular de actividad física.

Según los datos disponibles en la actualidad, uno de cada cuatro niños españoles padece sobrepeso u obesidad y esta patología se ha triplicado entre los niños en los últimos veinte años. Además, la obesidad representa aproximadamente el 7% del gasto sanitario español.
Para contribuir a que estas cifras no sigan creciendo, el documento quiere establecer por primera vez criterios comunes para todo el territorio sobre las características nutricionales de los menús por grupos de edad, su contenido energético, la frecuencia de consumo de los diferentes grupos de alimentos y el tamaño de las raciones.

En la elaboración del documento, que se basa en recomendaciones internacionales, han participado técnicos del Ministerio de Sanidad y Política Social, del Ministerio de Educación, de las consejerías de Sanidad y de las consejerías de Educación. Además, se ha contado con el aval de las sociedades científicas integradas en la Federación Española de Sociedades de Nutrición, Alimentación y Dietética (FESNAD), así como de las asociaciones de madres y padres CEAPA y COFAPA, de la Federación Española de Asociaciones Dedicadas a la Restauración Social (FEADRS), la Asociación Española de Alérgicos a Alimentos y Látex (AEPNAA) y la Federación de Asociaciones de Celíacos de España (FACE).

Entre los principales aspectos que desarrolla el texto aprobado se encuentran las disposiciones legales en materia de seguridad alimentaria, las frecuencias de consumo recomendadas para los diferentes grupos de alimentos, las recomendaciones sobre la organización de los comedores, las garantías para la alimentación de los escolares con intolerancias y alergias alimentarias y los criterios nutricionales para garantizar una oferta saludable en las máquinas expendedoras, cantinas y quioscos de las escuelas y colegios.

COMEDORES Y MENÚS
Uno de los principales objetivos de esta iniciativa es reforzar el papel de los comedores escolares como servicios educativos complementarios a la enseñanza. Para ello, deberán fomentar la educación para la salud, la higiene y la alimentación, así como otros valores relacionados con la convivencia o el ocio.  
En cuanto a los menús, éstos deberán suministrar aportes alimentarios en cantidad y calidad suficientes para satisfacer las necesidades nutricionales de los escolares en función de la edad escolar. Para conseguir estos aportes energéticos y proporcionar una alimentación variada y equilibrada, los menús servidos deberán confeccionarse teniendo en cuenta la frecuencia de consumo de los diferentes grupos de alimentos.

OFERTA ALIMENTARIA
El documento de consenso también aborda la oferta alimentaria existente en las máquinas expendedoras y en las cantinas, quioscos o locales similares situados en el interior de los centros educativos. El contenido de esta oferta deberá ser coherente con las recomendaciones nutricionales para la población en edad escolar.
La garantía de una oferta adecuada en las máquinas expendedoras de los centros educativos es una de las reclamaciones que hace la Resolución del Parlamento Europeo de 25 de septiembre de 2008, sobre el Libro Blanco Estrategia europea sobre problemas de salud relacionados con la alimentación, el sobrepeso y la obesidad. Dicha Resolución pide a los Estados Miembros que dejen de vender, en los centros educativos, alimentos y bebidas con alto contenido en grasas, sal o azúcar y con pobre valor nutricional. En la misma línea se manifestó el Senado en el Informe de la Ponencia para el estudio de la obesidad infantil y juvenil en España (2007), donde recomienda promover la venta en estas máquinas de productos saludables y evitar la publicidad de los menos adecuados.
En esta línea, y para fomentar el consumo de alimentos adecuados, el documento fija unos límites en el contenido en grasas, azúcares y sal, que deberán cumplir los productos que se oferten en los centros educativos y que estén envasados, ya sea individualmente o en cajas.

Estos límites son:
- El valor energético máximo será de 200 kilocalorías.
- El 35%, como máximo, de las kilocalorías procederá de la grasa (este límite no se aplicará a los frutos secos sin grasas añadidas, ya que se trata de grasa presente en ellos de forma natural).
- El 10%, como máximo, de las kilocalorías procederá de las grasas saturadas (este límite tampoco se aplicará a los frutos secos sin grasas añadidas).
- Ausencia de ácidos grasos trans, excepto los presentes de forma natural en productos lácteos y cárnicos.
- El 30%, como máximo, de las kilocalorías procederá de los azúcares totales (este límite no se aplicará a las frutas y hortalizas, los zumos de frutas y no se contabilizará en la leche y los productos lácteos).
- Se establece un máximo de 0,5 g de sal (0,2 g de sodio).
- No contendrán edulcorantes artificiales.
- No contendrán cafeína u otras sustancias estimulantes, excepto las presentes de forma natural en el cacao.